"EN TIEMPOS DE ENGAÑO GENERALIZADO, DECIR LA VERDAD ES UN ACTO REVOLUCIONARIO"

George Orwell

15 de julio de 2012

Corralito para todos


Se ha argumentado correctamente, y de manera contundente, acerca de la falta de atribuciones legales de la AFIP para autorizar la compra de moneda extranjera. Sin embargo, si el tema se analiza desde la realidad económica, la solidez de los argumentos parece perder peso. En efecto, en la medida que no se discute la existencia, de hecho, del llamado “impuesto inflacionario” -obviamente no legislado ni explicitado en el Presupuesto- cuya base de tributación son los activos monetarios expresados en moneda local que cada uno de nosotros posee, y cuya recaudación se estima alcanzará este año un nivel similar al que tributarán las personas físicas sujetas al Impuesto a las Ganancias, no parece desatinada la intervención del organismo específico para garantizar la mayor eficacia en su recaudación. En rigor, la compra de moneda extranjera –o de activos nominados en divisas- constituían, hasta su prohibición, el principal mecanismo de evasión del Impuesto Inflacionario, que las nuevas disposiciones han eliminado. En tiempos de estrechez fiscal se impone asegurar el nivel de los ingresos públicos.

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