Anticipando lo que se aprecia
como un año económicamente complejo, apenas promediando Enero ya está instalada
con fuerza la puja distributiva. Los titulares exhiben la convergencia de dos
de las vulnerabilidades de la “Política
Económica” (?), como son: estrechez fiscal (actualización del mínimo no
imponible) e inflación (negociaciones salariales). La simultaneidad de ambos
conflictos, no obstante, no debe llamar a confusión. Se trata de dos cuestiones
independientes, más allá de la maliciosa intención oficial de forzar su
tratamiento conjunto. La actualización del salario con el objeto de recuperar
su poder de compra esmerilado por el incremento de los precios, bajo ningún
concepto podría compensarse -como se pretende instalar desde el poder- con la justa
restauración de la condición de no contribuyente que el trabajador presentaba
frente al impuesto, al momento en que arbitrariamente se congeló el umbral a
partir del que se tributa el gravamen. Aceptar lo contrario, sería otorgarle carácter
de conquista a lo que no es sino la devolución de un despojo. El carácter de
contribuyente debiera obedecer a criterios de orden tributario y no a la mera
desactualización de una magnitud monetaria respecto de la evolución del nivel
de precios. Lamentablemente, creo percibir que a raíz de cierta impericia en el
planteo de los argumentos, el sector sindical se estaría dejando arrastrar a una falsa
discusión de carácter impositivo, cuando el enfoque adecuado es sostener que la
base tributaria definida para un impuesto debe ser neutral respecto de la variación
del nivel de precios. En rigor, tanto el umbral de tributación como los tramos
en que están formuladas las escalas deberían ajustarse periódicamente según la
evolución del salario medio de la economía. No estamos discutiendo sobre
impuestos sino sobre la restitución de un saqueo.
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